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Matrimonio y familia

  • notaria48oax
  • 9 mar 2017
  • 1 Min. de lectura

El matrimonio, además de producir una serie de efectos personales entre los cónyuges, también tiene consecuencias de manera importante en su patrimonio; esto es lo que se llama ‘efectos económicos del matrimonio.

En les Illes Balears, el régimen económico matrimonial legal, a falta de capitulaciones matrimoniales, es el régimen legal de separación de bienes.

Si no se desea ostentar este régimen, es conveniente acudir al Notario a los efectos de convenir las pertinentes capitulaciones matrimoniales, capitulaciones que pueden otorgarse con anterioridad y con posterioridad a la celebración del matrimonio.

En los casos de ruptura de la relación matrimonial ( separación o divorcio ), el Notario puede aconsejar los medios más idóneos para extinguir el patrimonio generado entre ambos cónyuges durante la vigencia de su relación.

En casos del llamado divorcio express, existen mecanismos jurídicos tendentes a conseguir un ahorro fiscal importante a los excónyuges.

Imagen: www.timetoast.com


 
 
 

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